jueves, 5 de noviembre de 2020

Objetivos para un Perú sin trabajadores

Decretos de urgencia contra los trabajadores públicos

Escrito por Marco EspinozaS

 


Mucho se ha hablado sobre el despegue económico en los últimos años, y es que eso se vino dando por la gran cantidad de materia primas exportadas a todo el mundo. Sin embargo, esa gran cantidad de dinero acumulado por estas exportaciones no se han visto reflejadas en el ámbito de la salud, educación y trabajo, se ha hablado de la reducción de la pobreza en cifras sin ir a constatar la teoría con la práctica, donde cada día mueren niños recién nacidos por falta de políticas de salud y de alimentos. Somos un país tan diverso que tenemos de todo un poco. Sin embargo el dinero obtenido del crecimiento económico de nuestro país fue a parar a manos equivocadas que lo único que hicieron es negarles un pan a los más pobres, aquellos empresarios que prefirieron llevar sus ganancias a los grandes bancos internacionales, sumado a eso la corrupción empotrado en el Poder Judicial, los casos Chincheros, Odebrecht, Graña y Montero, el Oleoducto del Sur, las Carreteras Transoceánicas y otras construcciones sobrevaluadas, que en épocas de bonanzas hicieron que en vez de despegar y escalar nos quedemos más abajo de lo que ya no nos habían dejado la época colonial.

Hoy nuestro país se ha trazado 17 objetivos para un Perú mejor (2015-2030), entre esos objetivos se encuentra: “trabajo decente y crecimiento económico”. Sin embargo, no se ha hecho nada en esa materia, lo que hoy viene haciendo este gobierno aprovechando el decreto de emergencia por el Covid-19 es quitarles más derechos a los trabajadores, enmarcados y sacando pecho por la “democracia” y la sostenibilidad del país hacen leyes en beneficios de las grandes industrias internacionales, por ejemplo a principios del año el gobierno ordeno hacer unos cambios en cuanto a convenios colectivos y laudos arbitrales, los cuales señalo líneas abajo:

5.4 Todo convenio colectivo suscrito o laudo arbitral
de índole laboral tiene una vigencia mínima de dos (2)
años. Asimismo, tiene carácter no acumulativo y fuerza
vinculante en el ámbito de lo acordado y se aplica para
todos las/os servidoras/es públicos y las/os trabajadoras/
es de entidades o empresas públicas, en el nivel de negociación, según corresponda.

1. Si el año previo a que se realice la negociación
colectiva, los ingresos del gobierno general, como
porcentaje del Producto Bruto Interno (PBI), caen en más
de 2.0 puntos del PBI respecto al año previo, según las
estadísticas oficiales públicas.
(El Peruano, 2020).

Entonces de que objetivos hablamos si vamos a tener a los trabajadores como los peores pagados de la región, con sueldos ínfimos que no superan los 7 mil dólares anuales.

Referencias

Decreto de Urgencia que regula disposiciones generales necesarias para la negociación colectiva en el sector Público. Recuperado de. (22 de enero del 2020). El Peruano. https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-de-urgencia-que-regula-disposiciones-generales-neces-decreto-de-urgencia-n-014-2020-1848441-2


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